Acta de Transparencia de Hipoteca
El acta de transparencia de una hipoteca es un paso fundamental para garantizar su seguridad y tranquilidad antes de firmar la escritura del préstamo. En nuestra notaría, formalizamos este documento para asegurar que usted comprende todas las condiciones y cláusulas de su hipoteca, sin letra pequeña.
¿Qué es el Acta de Transparencia?
Este documento notarial es una reunión obligatoria y gratuita que se realiza unos días antes de la firma de la hipoteca. Durante este encuentro, el notario le explica de manera detallada y personalizada todas las cláusulas del contrato, asegurándose de que usted ha comprendido su contenido y los riesgos asociados.
Finalidad y Beneficios para ti
Seguridad Jurídica: Garantizamos que se cumplan todos los requisitos de la nueva ley hipotecaria, protegiendo sus derechos como consumidor.
Información Completa: Se resuelven todas sus dudas directamente con el notario, que actúa como un asesor imparcial e independiente.
Transparencia Total: El acta es una prueba de que la entidad bancaria ha proporcionado toda la información necesaria y que usted ha sido debidamente informado.
Tu Tranquilidad, Nuestra Prioridad
Firmar una hipoteca es una de las decisiones financieras más importantes de su vida. En la Notaría de Javier Salas Ramos, nos aseguramos de que lo haga con total conocimiento de causa y la máxima tranquilidad.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
En nombre de un tercero
Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.
03. Otra documentación
La aporta la parte acreedora a través de la plataforma SIGNO o SMARTDOC
FEIN
Tiene la consideración de oferta vinculante para la entidad durante el plazo pactado hasta la firma del contrato que, como mínimo, deberá de ser de diez días.
FIAE
En este documento se informa al prestatario o potencial prestatario de la existencia de las cláusulas o elementos relevantes, debiendo incluir, al menos, una referencia, en su caso, a los índices oficiales de referencia utilizados para fijar el tipo de interés aplicable, a la existencia de límites mínimos en el tipo de interés aplicable como consecuencia de la variación a la baja de los índices o tipos de interés a los que aquel esté referenciado, a la posibilidad de que se produzca el vencimiento anticipado del préstamo como consecuencia del impago y los gastos derivados de ello, a la distribución de los gastos asociados a la concesión del préstamo y que se trata de un préstamo en moneda extranjera.
Es el proyecto de la escritura notarial que se formalizará, su contenido debe ajustarse al contenido de los documentos antes indicados e incluirá, de forma desglosada, la totalidad de los gastos asociados a la firma del contrato.
Información de los gastos que corresponden al acreedor y al deudor
- Los gastos de tasación del inmueble corresponderán a prestatario y los de gestoría al prestamista.
- El prestamista asumirá el coste de los aranceles notariales de la escritura de préstamo hipotecario y los de las copias los asumirá quien las solicite.
- Los gastos de inscripción de las garantías en el registro de la propiedad corresponderán al prestamista.
- El pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados se realizará de conformidad con lo establecido en la normativa tributaria aplicable.