Compraventa de Inmuebles en Blanes
La compra o venta de una vivienda es una de las decisiones más importantes de la vida. En nuestra notaría en Blanes, te acompañamos en este proceso para asegurar que tu inversión se realice con la máxima transparencia y seguridad jurídica. Nuestro compromiso es dar fe de la legalidad de la operación para que puedas tomar esta decisión con total tranquilidad.
La Seguridad de Firmar ante Notario
El notario es un profesional del derecho que actúa como funcionario público y como asesor imparcial. Nuestra intervención es crucial para garantizar que:
La propiedad existe legalmente y pertenece a quien la vende.
No existen cargas ocultas (como embargos o hipotecas) que puedan afectar al inmueble.
Las cláusulas del contrato son justas y cumplen con la legalidad vigente.
El pago se realiza de forma segura y certificada.
Te acompañamos en cada paso
Nuestros servicios en la compraventa de un inmueble incluyen:
Asesoramiento integral: Resolvemos todas tus dudas y te informamos sobre los derechos y obligaciones que asumes.
Verificación de documentos: Revisamos toda la documentación (escrituras, certificados, etc.) para evitar sorpresas.
Redacción de la escritura: Nos encargamos de redactar la escritura pública, el documento que te otorga la plena propiedad del inmueble.
Gestión de impuestos: Te informamos sobre los impuestos y gastos asociados a la operación.
Inicia tu trámite con confianza
Si estás a punto de comprar o vender un inmueble, contacta con nosotros para una primera consulta. Te guiaremos en cada paso para que tu proyecto se haga realidad con la máxima garantía.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
En nombre de un tercero
Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.
03. Otra documentación: Parte cedente / vendedora
Título de propiedad
Copia auténtica de la escritura pública del título de propiedad del inmueble objeto de cesión/venta. Por ejemplo, escritura de compraventa, de donación, de adjudicación de herencia…
Nota simple registral y certificado catastral descriptivo y gráfico
Los obtiene la notaría si nos facilitan la dirección de la finca o el número de finca registral y el número de la referencia catastral aportando último recibo de IBI.
Cédula de habitabilidad
Es obligatoria si la vivienda está situada en Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, La Rioja, Navarra y Murcia.
Certificado de eficiencia energética
Es necesario en el caso de viviendas y locales. Si el cesionario / comprador lo acepta se puede exonerar.
Certificado de deudas con la comunidad de propietarios
Es obligatorio en aquellas fincas que estén integradas en un edificio dividido en propiedad horizontal y en el que esté constituida la comunidad de propietarios o bien formen parte de una urbanización y estén sujeta a gastos comunitarios. Si el cesionario / comprador lo acepta se puede exonerar.
Certificado de aptitud del edificio
Es obligatorio cuando el edificio tiene una antigüedad igual o superior a los 45 años.
Es un documento oficial emitido por un técnico habilitado (arquitecto) donde se acredita que el inmueble ha sido sometido a la correspondiente inspección técnica de los edificios con un resultado positivo, esto es, que el estado de conservación del edificio es adecuado para vivir. Si el inmueble no lo ha obtenido el cesionario/comprador lo puede exonerar.
Informe de inspección técnica del edificio y Libro Edificio del que forma parte
Si el inmueble no lo ha obtenido el cesionario / comprador lo puede exonerar.
Justificantes de pago del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
Es recomendable aportar de los últimos cuatro años (período de afección). Los anteriores pueden estar vigente si se ha notificado interrumpiendo la prescripción.
Si la finca tiene alguna carga acreditar el estado de la misma
Por ejemplo, certificado de saldo pendiente de una hipoteca, certificado de saldo cero de una hipoteca, levantamiento de un embargo, renuncia del derecho de adquisición preferente de una administración, renuncia de opción de compra…
Advertencias
Si el cedente/vendedor está casado, el inmueble objeto de transmisión es una vivienda y se trata de la vivienda familiar aunque sea propiedad de uno de los cónyuges, el otro cónyuge deberá comparecer en la escritura a los efectos de prestar el consentimiento. Ello es independiente del régimen económico matrimonial legal o convencional que rija los efectos del matrimonio.
Si el cedente está divorciado y se trata de una vivienda hay que comprobar que el excónyuge y/o hijos no tienen atribuido el uso por resolución judicial firme.
El cedente/vendedor debe manifestar si el inmueble está arrendado u ocupado.
03. Otra documentación: Parte cesionaria / compradora
Forma y medios de pago utilizados
Indicar si se satisface una renta temporal, periódica y vitalicia, un pago único.
Indicar si se satisface en efectivo, cheque bancario o no bancario, justificante bancario de la transferencia, pagaré, letra de cambio.
Si parte del precio queda aplazado indicar si se garantiza mediante condición resolutoria.
Indicar si hay un mínimo de obligado cumplimiento en el caso que el cedente/vendedor fallezca antes de recibir una determinada cantidad.
Advertencias
En caso de haberse realizado pagos a cuenta del precio con anterioridad al otorgamiento de la escritura de cesión/compra-venta es necesario aportar justificantes de los mismos.
Si el pago se realiza por medio de transferencia es necesario identificar los números de la cuenta de cargo y la de abono así como la titularidad de las cuentas.
Si el pago se realiza por medio de cheque es necesario identificar el número de la cuenta de cargo así como la titularidad de las cuenta.