Poder General
Delega la gestión de tus asuntos en Blanes con seguridad
El poder general es un documento notarial que te permite delegar la representación de tus asuntos a otra persona de confianza, como tu cónyuge, un hijo o un amigo. Es una herramienta de gran utilidad para las personas que desean planificar su futuro, ya sea por motivos de enfermedad, edad o distancia, y que quieren asegurarse de que sus asuntos estarán en las mejores manos. A diferencia de un poder especial, el poder general otorga facultades amplias para que el apoderado pueda actuar en la mayoría de los ámbitos de tu vida.
¿Qué se incluye en un poder general?
En el poder general se otorgan facultades amplias al apoderado para que pueda actuar en nombre del poderdante. Las facultades más comunes son:
Actos de administración: La gestión de tus bienes y propiedades (alquiler, mantenimiento, etc.).
Actos de disposición: La venta, compra o hipoteca de tus bienes.
Asuntos bancarios: La apertura de cuentas, la gestión de transferencias o la solicitud de préstamos.
Gestión administrativa: La presentación de documentos en la administración pública o la gestión de impuestos.
¿Qué se incluye en un poder general?
En el poder general se otorgan facultades amplias al apoderado para que pueda actuar en nombre del poderdante. Las facultades más comunes son:
Actos de administración: La gestión de tus bienes y propiedades (alquiler, mantenimiento, etc.).
Actos de disposición: La venta, compra o hipoteca de tus bienes.
Asuntos bancarios: La apertura de cuentas, la gestión de transferencias o la solicitud de préstamos.
Gestión administrativa: La presentación de documentos en la administración pública o la gestión de impuestos.
¿Por qué formalizarlo ante notario?
La escritura pública de poder general es un documento clave que dota de seguridad a todo el proceso. El notario se encarga de:
Verificar la identidad de las partes: El notario da fe de que las personas que comparecen son quienes dicen ser.
Garantizar la transparencia: Te asesoramos sobre el alcance de las facultades que vas a otorgar, asegurándonos de que el documento es claro y se ajusta a la legalidad.
Inscripción en el Registro: El acta notarial facilita la inscripción del poder en el Registro General de Poderes, lo que le da publicidad frente a terceros.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
1. Si actúas en nombre propio
Documento de Identidad (DNI, NIE, o pasaporte) en vigor.
2. Si actúas en nombre de un tercero o de una persona jurídica
Para personas físicas: Copia auténtica del poder notarial de representación.
Para personas jurídicas:
Copia auténtica del nombramiento del órgano de representación.
Copia auténtica de la escritura de constitución de la sociedad.
Copia auténtica del acta de titularidad real.
3. Si actúas en nombre de una persona jurídica extranjera
Además de la documentación anterior, es necesario aportar:
NIF español de la persona jurídica extranjera.
Pasaporte y NIE en vigor del representante.
Certificado oficial de inscripción de la sociedad en su Registro correspondiente.
La documentación debe estar debidamente traducida y apostillada o legalizada.
03. Otra documentación
Datos apoderado
No tiene que comparecer para la firma del documento. Es necesario facilitar su nombre y apellidos completo, estado civil, profesión, domicilio y número de DNI (para españoles) y Pasaporte/Permiso de residencia/NIE (para extranjeros).
En el caso de existir más de un apoderado indicar si se quiere que actúen solidariamente (de forma indistinta) o mancomunadamente (de forma conjunta).