Poder Preventivo
Tu voluntad protegida en el futuro en Blanes
El poder preventivo es un documento notarial que te permite designar a una o varias personas de confianza (familiares, amigos o tutores) para que te representen en caso de que, en el futuro, pierdas la capacidad de tomar decisiones por ti mismo. Es una herramienta de previsión de gran importancia, que te permite mantener el control sobre tu patrimonio y tu bienestar, garantizando que tus decisiones serán respetadas. A diferencia de un poder general ordinario, que se extingue al perder la capacidad el poderdante, el poder preventivo se mantiene vigente.
¿Qué se incluye en un poder preventivo?
En el poder preventivo, puedes otorgar a la persona que designes una serie de facultades muy amplias, que se adapten a tu situación y a tus necesidades, como:
Gestión patrimonial: La administración de tus bienes, la venta de propiedades o la gestión de tus cuentas bancarias.
Asistencia personal: Puedes indicar quién se encargará de tu cuidado personal, dónde quieres vivir y las actividades que quieres realizar.
Asistencia médica: Puedes dar instrucciones sobre los tratamientos médicos que deseas o no deseas recibir, así como sobre el final de tu vida.
¿Por qué es importante el asesoramiento notarial?
El notario tiene un papel clave en la formalización de este documento. El notario te asesora de forma imparcial sobre el alcance de las facultades que vas a otorgar, se asegura de que el documento es claro y se ajusta a la legalidad y, finalmente, lo formaliza en una escritura pública. Además, el notario se encarga de inscribir el poder en el Registro General de Poderes, lo que le da publicidad y garantiza que tu voluntad será respetada.
¿Por qué formalizarlo ante notario?
La escritura pública de poder general es un documento clave que dota de seguridad a todo el proceso. El notario se encarga de:
Verificar la identidad de las partes: El notario da fe de que las personas que comparecen son quienes dicen ser.
Garantizar la transparencia: Te asesoramos sobre el alcance de las facultades que vas a otorgar, asegurándonos de que el documento es claro y se ajusta a la legalidad.
Inscripción en el Registro: El acta notarial facilita la inscripción del poder en el Registro General de Poderes, lo que le da publicidad frente a terceros.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
1. Si actúas en nombre propio
Documento de Identidad (DNI, NIE, o pasaporte) en vigor.
2. Si actúas en nombre de un tercero o de una persona jurídica
Para personas físicas: Copia auténtica del poder notarial de representación.
Para personas jurídicas:
Copia auténtica del nombramiento del órgano de representación.
Copia auténtica de la escritura de constitución de la sociedad.
Copia auténtica del acta de titularidad real.
3. Si actúas en nombre de una persona jurídica extranjera
Además de la documentación anterior, es necesario aportar:
NIF español de la persona jurídica extranjera.
Pasaporte y NIE en vigor del representante.
Certificado oficial de inscripción de la sociedad en su Registro correspondiente.
La documentación debe estar debidamente traducida y apostillada o legalizada.
03. Otra documentación
Datos del apoderado
Es necesario facilitar el nombre, apellidos, estado civil, profesión, domicilio y número de DNI o NIE de la persona a la que se va a otorgar el poder. En el caso de existir más de un apoderado, se debe indicar si se quiere que actúen de forma indistinta (solidariamente) o de forma conjunta (mancomunadamente).
Certificado literal de nacimiento
Es necesario aportar el original de este certificado, que es expedido por el Registro Civil correspondiente al lugar de nacimiento.