Acta de Titularidad Real
La transparencia que tu empresa necesita
El acta de titularidad real es un documento notarial que certifica quiénes son las personas físicas que, en último término, controlan o se benefician de una sociedad. La formalización de este acta es una obligación legal para la mayoría de las sociedades, que busca aumentar la transparencia y prevenir actividades ilícitas como el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. En nuestra notaría en Blanes, le asistimos en este trámite para que su empresa cumpla con la normativa y transmita confianza a sus clientes y colaboradores.
¿Qué es la titularidad real?
La titularidad real hace referencia a la persona o personas físicas que poseen, directa o indirectamente, más de un 25% del capital de una sociedad o que tienen un control significativo sobre su gestión. Identificar al titular real es un paso fundamental para la transparencia empresarial, y es un requisito cada vez más demandado en las operaciones financieras y comerciales.
¿Cuándo es necesario este trámite?
Este acta es necesaria en el momento de la constitución de una sociedad, así como en cualquier modificación de los estatutos o del capital social. Además, la mayoría de los bancos y otras entidades exigen este documento al abrir una cuenta, solicitar un préstamo o realizar cualquier operación que requiera de un alto nivel de transparencia. Es una prueba de que su empresa cumple con la ley y de que actúa con responsabilidad.
Nuestro Asesoramiento, Tu Tranquilidad
En la Notaría de Javier Salas Ramos, te acompañamos en este proceso con un asesoramiento experto e imparcial. Nos aseguramos de que el acuerdo sea justo y de que todos los documentos se ajusten a la ley. Te invitamos a contactar con nosotros para que podamos resolver tus dudas y ayudarte a formalizar este trámite con la máxima garantía.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
En nombre de un tercero
Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.
En nombre de persona jurídica extrajera
Es necesario aportar, además:
- NIF español de la persona jurídica extranjera.
- Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
- Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.
03. Otra documentación:
Identificación del titular real
El titular real es aquella persona física que ostenta un porcentaje mayor del 25 % del capital social de la empresa. El representante de la sociedad los identifica por manifestación facilitando el nombre, apellidos, número de Documento Nacional de Identidad, lugar de residencia y fecha de nacimiento de cada socio que ostente la condición de titular real, es decir, ostente más del 25 % del capital de la sociedad.
El titular real no debe comparecer en la notaría puesto que no firmará el documento, a no ser que sea el mismo representante.