Constitución de Sociedad Mercantil

El primer paso para tu negocio en Blanes

La constitución de una sociedad mercantil es el acto jurídico mediante el cual una o varias personas dan vida a una empresa con personalidad jurídica propia. Es un trámite esencial para formalizar un negocio, limitar la responsabilidad de los socios y dotar al proyecto de una estructura legal sólida. En nuestra notaría en Blanes, te acompañamos en este proceso con un asesoramiento experto, garantizando que tu empresa nazca con todas las garantías legales y con la seguridad que necesita para crecer.

¿Qué tipos de sociedades se pueden constituir?

Las formas jurídicas más comunes en España son:

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.): Es la forma jurídica más extendida para las pymes, ya que la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.

  • Sociedad Anónima (S.A.): Es la forma jurídica más adecuada para grandes empresas, con un capital social más elevado y la posibilidad de emitir acciones que se pueden cotizar en bolsa.

¿Qué se necesita para constituir una sociedad?

Para constituir una sociedad, es necesario que los socios realicen una serie de pasos previos, como obtener la certificación de la denominación social y abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa para depositar el capital social. Con estos documentos, el notario redactará la escritura pública de constitución, que incluirá los estatutos de la sociedad y el nombramiento de los administradores.

Nuestro Asesoramiento, Tu Tranquilidad

En la Notaría de Javier Salas Ramos, te acompañamos en este proceso con un asesoramiento experto e imparcial. Nos aseguramos de que el acuerdo sea justo y de que todos los documentos se ajusten a la ley. Te invitamos a contactar con nosotros para que podamos resolver tus dudas y ayudarte a formalizar este trámite con la máxima garantía.

Documentación necesaria

01. Identificación
· Documento de identidad

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

En nombre propio

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

En nombre de un tercero

Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.

En nombre de persona jurídica extrajera

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.
Certificación de denominación social negativa

 

Documento expedido por el Registro Mercantil Central que acredita que el nombre que has escogido para tu empresa no se encuentra en uso por otra sociedad. Es un requisito previo indispensable para la constitución.

 

Información de los socios y administradores

 

Es necesario facilitar los datos personales de los socios y administradores, incluyendo su estado civil, su régimen económico matrimonial si están casados, y su domicilio.

 

Estatutos sociales

 

Los estatutos sociales son las normas internas de la sociedad. Si no disponen de ellos, la notaría puede preparar un borrador adaptado a sus necesidades, incluyendo la denominación social, el objeto, el domicilio y el capital.

 

Identificación de las aportaciones sociales

 

  • Aportación Dineraria: Es necesario un certificado bancario de depósito de fondos a nombre de la sociedad en constitución. Alternativamente, los fundadores pueden manifestar que responderán solidariamente de la realidad de las aportaciones.

  • Aportación No Dineraria: Si se aportan bienes o derechos, es necesario un informe que los identifique y valore. En el caso de inmuebles, se requiere la escritura de propiedad, la referencia catastral, la nota simple registral, entre otros documentos.