Disolución y Liquidación de Sociedad
El cierre seguro de tu negocio en Blanes
La disolución y liquidación de una sociedad es el proceso legal mediante el cual una empresa pone fin a su actividad y se extingue su personalidad jurídica. Este trámite es fundamental para cerrar un negocio de forma ordenada, liquidar todas las deudas, repartir el patrimonio restante entre los socios y liberar a los administradores de responsabilidades futuras. En nuestra notaría en Blanes, te asesoramos y formalizamos este proceso para que tu negocio tenga un final seguro y transparente.
¿Cuál es la diferencia entre disolución y liquidación?
La disolución es el primer paso del proceso. Es el momento en el que la sociedad, aunque todavía conserva su personalidad jurídica, cesa su actividad y entra en un periodo de liquidación. La liquidación es la etapa en la que se realizan todas las operaciones necesarias para el cierre, como el pago de las deudas y la venta de los bienes. El proceso culmina con la extinción de la sociedad, una vez que todo el patrimonio ha sido repartido.
¿Cuándo es necesario disolver y liquidar una sociedad?
La disolución de una sociedad puede producirse por diversas causas, entre las que se encuentran:
Voluntad de los socios: Cuando los socios deciden de mutuo acuerdo poner fin a la actividad de la empresa.
Causas legales: Cuando se produce una situación que obliga a la disolución, como la finalización del objeto social o las pérdidas que reducen el patrimonio neto.
Falta de actividad: Cuando la empresa deja de ejercer su actividad durante un periodo de tiempo determinado.
Nuestro Asesoramiento, Tu Tranquilidad
En la Notaría de Javier Salas Ramos, te acompañamos en este proceso con un asesoramiento experto e imparcial. Nos aseguramos de que el acuerdo sea justo y de que todos los documentos se ajusten a la ley. Te invitamos a contactar con nosotros para que podamos resolver tus dudas y ayudarte a formalizar este trámite con la máxima garantía.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
En nombre de un tercero
Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.
En nombre de persona jurídica extrajera
Es necesario aportar, además:
- NIF español de la persona jurídica extranjera.
- Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
- Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.
03. Otra documentación:
Certificado del acuerdo social adoptado
Se debe aportar la certificación del acuerdo de la junta de socios donde se formalice la disolución de la sociedad. Este documento puede ser firmado en presencia del notario o, si se aporta firmado, se debe legitimar la firma.
Identificación del liquidador
Es necesario aportar los datos de la persona que será designada como liquidador de la sociedad, incluyendo su nombre, estado civil, profesión, domicilio y número de identificación fiscal.
Cese del administrador anterior
En caso de que el administrador anterior no comparezca a la firma de la escritura, se deberá aportar una notificación fehaciente de su cese o un escrito con su firma legitimada notarialmente, en el que se dé por notificado de su cese.