Poder General Mercantil
La gestión de tu empresa en manos de tu confianza
El poder general mercantil es un documento notarial que te permite delegar la gestión y representación de tu empresa a otra persona de confianza, como un socio, un administrador o un apoderado. Es una herramienta de gran utilidad para las empresas, ya que permite a sus administradores delegar tareas en otras personas sin tener que estar presentes en cada acto, lo que dota a la gestión de una mayor flexibilidad y agilidad.
¿Qué se incluye en un poder general mercantil?
En el poder general mercantil se otorgan facultades amplias al apoderado para que pueda actuar en nombre de la sociedad. Algunas de las facultades más comunes son:
Representación en actos y contratos: Firmar contratos, abrir cuentas bancarias o gestionar trámites administrativos.
Gestión financiera: Realizar pagos, cobrar deudas o solicitar préstamos en nombre de la sociedad.
Actos de disposición: Vender, comprar o hipotecar bienes de la sociedad.
¿Por qué formalizarlo ante notario?
La escritura pública de poder general mercantil es un documento clave que dota de seguridad a todo el proceso. El notario se encarga de:
Verificar la legalidad de la sociedad: Nos aseguramos de que la sociedad está debidamente constituida y de que la persona que otorga el poder tiene las facultades para hacerlo.
Dar fe de la identidad de las partes: El notario da fe de la identidad de la persona que otorga el poder y de la persona que lo recibe, lo que evita fraudes y suplantaciones de identidad.
Garantizar la transparencia: El notario se asegura de que las facultades que se otorgan en el poder son claras y se ajustan a la ley.
Inscripción en el Registro Mercantil: El acta notarial facilita la inscripción del poder en el Registro Mercantil, lo que le da publicidad frente a terceros.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
En nombre de un tercero
Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.
En nombre de persona jurídica extrajera
Es necesario aportar, además:
- NIF español de la persona jurídica extranjera.
- Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
- Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.
03. Otra documentación:
Identificación del apoderado
Es necesario aportar los datos de la persona que recibirá el poder, que puede ser una persona física o jurídica:
Persona física: Nombre y apellidos, domicilio y número de documento de identidad (DNI o NIE).
Persona jurídica: Nombre o denominación social, domicilio social y número de identificación fiscal.
(Nota: El apoderado no tiene que comparecer en la notaría, puesto que no firma el documento.)