Certificado Sucesorio Europeo

Tu herencia transfronteriza, con validez en toda la Unión Europea

El certificado sucesorio europeo es un documento clave que facilita la gestión de herencias con componente internacional. Acredita tu condición de heredero o administrador de la herencia en todos los países de la Unión Europea que aplican el reglamento sucesorio europeo, otorgando plena validez jurídica a través de la intervención notarial.

¿Qué es el certificado sucesorio europeo y para qué sirve?

El certificado sucesorio europeo es un documento que simplifica la vida de los herederos en un contexto internacional. Sirve para que un heredero pueda demostrar su condición de tal, o la de administrador de la herencia, en los países de la Unión Europea. Por ejemplo, es indispensable si un heredero residente en España quiere acceder a una cuenta bancaria del fallecido en Alemania.

¿Quién puede solicitarlo y cómo se obtiene?

El certificado sucesorio europeo puede ser solicitado por los herederos de la persona fallecida o por los legatarios que tengan derechos sobre la herencia. También puede ser solicitado por un albacea o un administrador de la herencia. El trámite se inicia en la notaría y requiere la presentación de todos los documentos que acrediten el derecho del solicitante sobre la herencia, para que el notario pueda dar fe de su condición.

Nuestro Asesoramiento, Tu Tranquilidad

En la Notaría de Javier Salas Ramos, te acompañamos en este proceso con un asesoramiento experto e imparcial. Nos aseguramos de que el acuerdo sea justo y de que todos los documentos se ajusten a la ley. Te invitamos a contactar con nosotros para que podamos resolver tus dudas y ayudarte a formalizar este trámite con la máxima garantía.

Documentación necesaria

01. Identificación
Documento de identidad

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.

02. Intervención
En nombre propio

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

En nombre de un tercero

Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.

En nombre de persona jurídica extranjera

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.
03. Otra documentación
Título sucesorio

Es necesario aportar la copia auténtica de la escritura de aceptación de herencia otorgada ante Notario. Lo correcto, es dirigirse a la misma notaría donde se tramitó dicha herencia, para que sea el mismo Notario, quien en base a dicha documentación expida este el certificado mediante el otorgamiento del correspondiente acta.

¿Necesitas tramitar el certificado sucesorio europeo?

En la Notaría de Blanes te acompañamos en todo el proceso con profesionalidad y cercanía.