Donaciones

Un acto de generosidad con total seguridad legal

Una donación es un acto jurídico que permite la transmisión de bienes o derechos de forma gratuita y en vida, de una persona (el donante) a otra (el donatario). Formalizar una donación ante notario es una decisión inteligente que le otorga seguridad y plena validez legal al acto, evitando posibles conflictos futuros y asegurando que se cumplen todos los requisitos legales y fiscales.

¿Qué es una donación y por qué es necesaria?

Una donación es un contrato en el que una persona entrega un bien a otra sin esperar nada a cambio. Aunque parezca un acto sencillo, es fundamental que se formalice en una escritura pública, especialmente si se trata de un bien inmueble. Esto no solo garantiza la validez legal de la transmisión, sino que también protege a ambas partes. Para el donatario, asegura que el bien es legítimamente suyo, y para el donante, certifica que el acto ha sido realizado con plena conciencia y sin coacción.

¿Qué ocurre después de formalizar la escritura?

Una vez que la escritura de donación ha sido firmada, el notario se encarga de realizar la presentación de la escritura en el Registro de la Propiedad, si es un bien inmueble, para que se inscriba a nombre del nuevo propietario. El donatario deberá liquidar los impuestos correspondientes, como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Contar con el asesoramiento de la notaría en este proceso es clave para una correcta planificación fiscal y una gestión eficaz.

Nuestro Asesoramiento, Tu Tranquilidad

En la Notaría de Javier Salas Ramos, te acompañamos en este proceso con un asesoramiento experto e imparcial. Nos aseguramos de que el acuerdo sea justo y de que todos los documentos se ajusten a la ley. Te invitamos a contactar con nosotros para que podamos resolver tus dudas y ayudarte a formalizar este trámite con la máxima garantía.

Documentación necesaria

01. Identificación
· Documento de identidad

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

En nombre propio

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

En nombre de un tercero

Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.

En nombre de persona jurídica extrajera

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.
Título de Propiedad

 

Copia auténtica de la escritura pública del título de propiedad de los bienes o derechos que se van a donar.

 

Identificación del objeto de la donación

 

Es necesario identificar de forma precisa el bien o derecho objeto de la donación.

 

Donaciones sobre Inmuebles

 

  • Nota Simple Registral y Certificado Catastral: La notaría puede obtener estos documentos para verificar la titularidad de la finca y sus características.

  • Cargas: Si la finca tiene alguna carga, es necesario aportar documentación que acredite el estado de la misma (por ejemplo, certificado de saldo de una hipoteca).

 

Donaciones sobre Acciones o Participaciones Sociales

 

  • Documentación de la Sociedad: Nombre de la sociedad y número de acciones o participaciones que se van a donar.

 

Donaciones sobre Productos Financieros

 

  • Certificado de la Entidad: Se debe indicar la entidad financiera donde esté depositado el producto y el número de contrato.

 

Donaciones de Dinero

 

  • Justificante del pago: Copia del cheque o justificante de la transferencia, indicando la cuenta de cargo y de abono.