Pago de Legítima

Cumple con tus obligaciones sucesorias en Blanes

El pago de la legítima es un acto notarial mediante el cual el heredero de una persona fallecida entrega a los legitimarios (los herederos forzosos) la parte que les corresponde de la herencia, según lo que establece la ley. Es un trámite esencial para formalizar el cumplimiento de esta obligación sucesoria, garantizando que el pago se realiza de forma correcta y que se evitan futuros conflictos.

¿Qué es la legítima y quiénes son los legitimarios?

La legítima es la porción de la herencia que la ley reserva a determinados herederos, que no puede ser objeto de libre disposición por parte del testador. En el derecho español, son legitimarios los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes, y a falta de ellos, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. En algunos territorios, el cónyuge viudo también es legitimario.

¿Cómo se realiza el pago de la legítima?

El heredero debe liquidar la legítima de los legitimarios. Este pago puede realizarse de varias formas, bien con bienes de la herencia o con dinero en efectivo. En nuestra notaría, te asesoramos para que el pago se realice de forma correcta y segura, formalizando el acto en una escritura pública que servirá como prueba del cumplimiento de la obligación.

¿Por qué es importante el asesoramiento notarial?

En la Notaría de Javier Salas Ramos, te acompañamos en este proceso con un asesoramiento experto e imparcial. Nos aseguramos de que el acuerdo sea justo y de que todos los documentos se ajusten a la ley. Te invitamos a contactar con nosotros para que podamos resolver tus dudas y ayudarte a formalizar este trámite con la máxima garantía.

Documentación necesaria

01. Identificación
· Documento de identidad

Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor. 

En nombre propio

Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)

En nombre de un tercero

Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.

En nombre de persona jurídica extrajera

Es necesario aportar, además:

  • NIF español de la persona jurídica extranjera.
  • Pasaporte y NIE en vigor del representante de la persona jurídica extranjera.
  • Certificado oficial que acredite la inscripción de la persona jurídica en su Registro correspondiente. La documentación debe estar traducida y apostillada.
Escritura de aceptación y adjudicación de herencia

 

Es un documento esencial para el pago de la legítima, ya que a través de él se acredita el caudal de la herencia que ha sido aceptado y adjudicado a los herederos.

 

Medio y forma de pago

 

Es necesario justificar la forma y el medio de pago utilizados para liquidar la legítima, ya sea mediante transferencia, cheque o cualquier otro método. La forma de pago se acordará entre el heredero y el legitimario.