Constitución de Pareja Estable
La constitución de una pareja estable es un trámite que permite a dos personas formalizar su unión de hecho, dotándola de seguridad y reconocimiento legal. En la notaría, le ayudamos a crear un documento que refleje su voluntad y que proteja su relación, sin que esta tenga carácter matrimonial.
Proceso de Constitución y Registro
Formalizar su relación de pareja estable es un proceso sencillo y seguro. Una vez que se otorga la escritura notarial, nosotros nos encargamos de:
Dar fe pública del acuerdo de convivencia.
Enviar de forma telemática la escritura al Registro de Parejas Estables.
Una vez realizada la inscripción, se les notificará a los otorgantes por correo electrónico, garantizando la validez legal de la unión.
Asesoramiento para un Proceso Claro y Seguro
Este trámite no solo formaliza su convivencia, sino que también establece un marco legal que le brinda tranquilidad y seguridad. Le invitamos a solicitar una cita en nuestra notaría para que le asesoremos en cada paso de este proceso.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
En nombre de un tercero
Copia auténtica del poder notarial donde conste la representación.
03. Otra documentación
Certificado de empadronamiento
Es un documento administrativo expedido por parte del Ayuntamiento donde consta que los dos interesados viven en el mismo domicilio. A ser posible, es mejor aportar un empadronamiento histórico.
Libro de Familia
En el caso de tener hijos en común se debe aportar el Libro de Familia original o, en su defecto, el correspondiente certificado literal de nacimiento. Si estos documentos se han expedido en el extranjero deben aportarse debidamente traducidos y apostillados.
Sentencia o certificado del Registro Civil
Si alguno de los miembros de la pareja manifiesta estar divorciado debe aportar el certificado del Registro Civil o el Auto Judicial de divorcio correspondiente que acredite dicha circunstancia. Si estos documentos se han expedido en el extranjero deben aportarse debidamente traducidos y apostillados.
Testigos
En el caso que alguno de los miembros de la pareja sea extranjero y no tenga permiso de residencia vigente deberán venir acompañados de dos testigos que no sean familiares y aseveren que son pareja.