Separación y Divorcio Matrimonial
Formalizar una separación o un divorcio es una decisión delicada. En la Notaría de Javier Salas Ramos, ofrecemos un servicio ágil y seguro para las parejas que han llegado a un mutuo acuerdo, garantizando un proceso claro y respetuoso para todas las partes implicadas.
Diferencia entre Separación y Divorcio
La principal característica del divorcio es que extingue el vínculo matrimonial, permitiendo a cualquiera de los excónyuges volver a contraer matrimonio en el futuro. La separación, por su parte, mantiene el vínculo matrimonial, pero suspende la vida en común.
En ambos casos, el documento establecerá las bases y relaciones familiares futuras de los miembros de la familia.
Asesoramiento para un Proceso Claro y Seguro
Si cumplen los requisitos, la notaría es la vía más rápida y eficaz para gestionar su separación o divorcio de mutuo acuerdo. Le invitamos a solicitar una cita para que podamos asesorarle sobre los trámites necesarios, la documentación requerida y los términos que deben incluirse en el convenio regulador.
Documentación necesaria
01. Identificación
· Documento de identidad
Si es español el DNI original y en vigor. En caso de ser extranjero presentar NIE y pasaporte original y en vigor.
02. Intervención
· En nombre propio
Documento de identidad. (Ver Nº 1. Identificación)
03. Otra documentación
. Certificado literal de matrimonio
Este certificado expedido por el Registro Civil no puede tener una antigüedad superior a tres meses.
· Convenio regulador
Es el documento en el que los cónyuges acuerdan las consecuencias personales y patrimoniales de una separación o divorcio, cuando éste se produce de mutuo acuerdo.
· Libro de familia
Debe aportarse al Notario para comprobar que no existen hijos menores de edad.
Es un documento administrativo expedido por parte del Ayuntamiento donde consta el domicilio de los otorgantes y es necesario para comprobar que el Notario es competente.
En el acto intervendrá como mínimo un letrado o letrada en ejercicio que asista a las dos partes intervinientes, o bien, que cada compareciente esté asistido por un abogado de su voluntad. Este profesional deberá comparecer con su DNI original y en vigor, así como con su carnet profesional de colegiado.