Disolución de pareja estable en Blanes

La pareja estable se extingue, entre otras causas, por acuerdo de los convivientes formalizado en escritura pública. El notario documenta el cese y los pactos sobre la vivienda, los bienes comunes y las compensaciones conforme al Código civil de Cataluña.

Firma de un documento notarial
Normativa
Libro segundo del Código civil de Cataluña
Forma del acuerdo
Escritura pública de ambos convivientes
Cese unilateral
Mediante notificación fehaciente al otro
Hijos menores
Sus medidas requieren aprobación judicial

Qué es la disolución de la pareja

El Código civil de Cataluña establece las causas por las que se extingue la pareja estable: el común acuerdo de los convivientes formalizado en escritura pública, la voluntad de uno de ellos notificada fehacientemente al otro, el cese de la convivencia con ruptura de la comunidad de vida durante más de un año, el fallecimiento o la declaración de fallecimiento de uno de ellos y el matrimonio de cualquiera de los convivientes.

La escritura de disolución deja constancia cierta de la fecha del cese, que es relevante para el cómputo de plazos y para los efectos sucesorios, y permite incorporar los acuerdos sobre las consecuencias económicas de la ruptura.

Cuando la extinción es unilateral, el notario puede practicar la notificación al otro conviviente mediante acta notarial.

Efectos del cese de la convivencia

El cese de la pareja estable puede dar lugar a distintos derechos y obligaciones, que los convivientes pueden regular por pacto:

  • Compensación económica por razón de trabajo, a favor del conviviente que se ha dedicado sustancialmente más que el otro al hogar o ha trabajado para el otro sin retribución suficiente.
  • Pensión alimenticia en los casos previstos por la ley.
  • Atribución del uso de la vivienda familiar.
  • División de los bienes adquiridos en común y cancelación o asunción de las deudas compartidas.
  • Medidas relativas a los hijos mayores de edad que convivan con alguno de los progenitores.

Plazos y otras consecuencias

El Código civil de Cataluña fija plazos de caducidad breves para reclamar los derechos económicos derivados del cese, por lo que conviene formalizar los acuerdos sin demora. También prevé la ineficacia de determinadas disposiciones otorgadas a favor del otro conviviente y la pérdida de los derechos sucesorios legales tras la extinción.

Por ello es aconsejable revisar el testamento, los poderes otorgados al otro conviviente y los beneficiarios de seguros. Si existen hijos comunes menores de edad, las medidas que les afecten, como el plan de parentalidad, la guarda o los alimentos, deben someterse a la aprobación judicial; la escritura notarial no puede sustituirla.

Documentación necesaria

De los convivientes

  • DNI, NIE o pasaporte original y en vigor de ambos.
  • Escritura de constitución de la pareja estable o documentación que acredite su existencia.
  • Certificado de inscripción en el Registro de parejas estables de Cataluña, si consta inscrita.

De los bienes y acuerdos

  • Títulos de propiedad y último recibo del IBI de los inmuebles comunes.
  • Datos de préstamos, cuentas y demás bienes afectados.
  • Acuerdos alcanzados sobre compensaciones, pensiones y vivienda.

Si los convivientes han pactado las consecuencias con asesoramiento de abogado, pueden aportar el borrador de acuerdo para su incorporación a la escritura.

Cómo se tramita

  1. Consulta inicial

    Los convivientes exponen su situación y la notaría les informa de los efectos del cese, los pactos posibles y los plazos legales.

  2. Borrador

    La notaría prepara la escritura de disolución con los acuerdos alcanzados y la remite para su revisión.

  3. Otorgamiento

    Ambos convivientes comparecen ante el notario, que comprueba su identidad y consentimiento, da lectura a la escritura y recoge las firmas.

  4. Registros

    La escritura permite cancelar la inscripción en el Registro de parejas estables y, si se adjudican inmuebles, inscribir la adjudicación en el Registro de la Propiedad.

Aranceles e impuestos

Los honorarios notariales se rigen por el arancel aprobado por el Real Decreto 1426/1989 y son iguales en todas las notarías. Una disolución sin adjudicación de bienes tiene un coste reducido; si se dividen inmuebles, el arancel tiene en cuenta su valor.

La disolución en sí no tributa. La división de bienes comunes puede quedar sujeta a AJD o al ITP según el caso, y la transmisión de inmuebles puede tener consecuencias en el IRPF y en el IIVTNU (plusvalía municipal). La notaría le informará de la tributación aplicable.

Preguntas frecuentes

¿Puede disolverse la pareja estable si uno de los convivientes no está de acuerdo?

Sí. La pareja se extingue también por la voluntad de uno solo de los convivientes notificada fehacientemente al otro, por ejemplo mediante acta notarial, o por el cese de la convivencia durante más de un año.

¿Es necesario un abogado?

No es obligatorio para la escritura de disolución, aunque es recomendable cuando existen cuestiones económicas complejas. El notario informa a ambas partes del contenido y efectos de lo que firman.

¿Podemos repartir el piso común en la misma escritura?

Sí. La extinción del condominio o la adjudicación de la vivienda puede formalizarse en la misma escritura o en otra posterior, y se inscribe en el Registro de la Propiedad.

¿Qué ocurre si tenemos hijos menores?

Las medidas relativas a los hijos menores requieren aprobación judicial. La escritura puede recoger el cese de la pareja y los pactos patrimoniales entre los convivientes, pero no sustituye esa aprobación.

¿Hay plazo para reclamar la compensación económica?

Sí. El Código civil de Cataluña establece un plazo de caducidad breve a contar desde el cese de la convivencia. Conviene consultar cuanto antes para no perder el derecho.

¿El testamento a favor de mi expareja sigue siendo válido?

La ley catalana prevé la ineficacia de determinadas disposiciones a favor del conviviente tras la extinción de la pareja, salvo que resulte otra cosa. Para evitar dudas, es aconsejable otorgar un nuevo testamento.

¿No encuentra su pregunta? Consulte el centro de preguntas frecuentes o contacte con la notaría.

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